
Perú: Gobierno prohíbe las reuniones durante la Navidad y Año Nuevo
El Gobierno prohibió las reuniones y eventos sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, durante Navidad y Año Nuevo. El Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano dispone que esta prohibición regirá a nivel nacional el sábado 25 de diciembre del 2021 y el sábado 1 de enero del 2022.

"Dispóngase la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y sábado 1 de enero de 2022, desde las 01:00 hasta las 4:00 horas, en las provincias del nivel de alerta moderado; estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro niveles de alerta", se señala.
Semanas atrás, el ministro de Salud, Hernando Cevallos, había confirmado que el nuevo horario de restricción de salida para Navidad y Año Nuevo para salvaguardar la salud de la población frente a un posible contagio de COVID-19. En entrevista con RPP Noticias, indicó que será de 1 a 4 de la madrugada, salvo en provincias de alto riesgo.
En provincias de alto riesgo, donde se ha encontrado una mayor cantidad del contagio, el ministro de Salud indicó que el horario de la inmovilización social obligatoria será a partir de las 11 de la noche. En ambos casos, el ministro precisó que se trata de "excepciones" para Navidad y Año Nuevo.
En el caso de quienes tengan que movilizarse en estos horarios para recoger en el aeropuerto a personas que llegan del extranjero, Cevallos refirió que podrán hacerlo "sin ningún problema", al igual que otras situaciones que "obligan" a las personas a desplazarse.
"Lo que queremos es evitar la circulación, las fiestas y este tipo de reuniones que la experiencia del año pasado fue realmente muy complicada. En la medida que avancen los días veremos si es necesario o no algunas medidas restrictivas más. No queremos afectar la economía, pero necesitamos manejar estas situaciones", indicó.

Transporte internacional de pasajeros suspendido
El Poder Ejecutivo también estableció el cierre de todas las fronteras terrestres para el transporte de pasajeros durante el estado de emergencia, es decir, hasta el 31 de diciembre 2021.
La medida, indicada en el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, se da como medida de prevención sanitaria ante la pandemia del Covid-19.
Con este cierre de fronteras terrestres solo se suspende el transporte internacional de pasajeros en vía terrestre, pero el transporte de carga y mercancía podrá continuar operando.
Estarán excluidos de esta medida aquellos tripulantes de los medios de transporte terrestre, misiones especiales, políticas, diplomáticas, médicas, policiales, militares y el personal enviado por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o cooperación internacional.
También se encuentran excluidas de la norma las instituciones o empresas que necesiten servicios de trabajadores extranjeros. Estas deberán comunicarse con la Autoridad Sanitaria Internacional competente, con 72 horas de anticipación indicando la nómina de personas que ingresarán al país.


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