¿Por qué hablamos de ruptura constitucional tras la condena?

La condena a Cristina Fernández de Kirchner (CFK) y su consecuente proscripción política no son sólo hechos judiciales, son actos profundamente políticos, que deben ser leídos en el marco de un deterioro institucional más amplio. No es exagerado decir que estamos ante una ruptura constitucional. Por el contrario: lo grave sería no advertirlo.

Editoriales - #NuestraMirada16/06/2025Martin OrellanoMartin Orellano

El Poder Judicial fuera de control, y en particular la Corte Suprema de Justicia, atraviesa una crisis profunda de legitimidad. No solo por su composición incompleta —funcionando durante años con menos jueces que los previstos por ley— sino por el modo en que se integró: dos de sus actuales miembros, Rosatti y Rosenkrantz, fueron designados por decreto durante el gobierno de Macri, en una maniobra que violó el procedimiento constitucional y que luego fue “blanqueada” por el Senado en un contexto de presión y negociaciones espurias. Se le suma que en una impugnación presentada por la defensa por imparcialidad manifiesta señalando a Lorenzetti, fue él mismo quien decidió que no era necesario apartarse de la causa.

Hoy, ese tribunal actúa sin contrapesos, sin control democrático, y muchas veces con alineamientos políticos evidentes y obscenos. El caso contra CFK es el más visible, pero no el único.

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Un proceso sin garantías
La causa Vialidad, que culminó con una condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, estuvo plagada de irregularidades.

Violación del principio de imparcialidad: los jueces que condenaron a CFK participaron en conversaciones privadas con funcionarios del Ejecutivo opositor. No es una sospecha: los chats filtrados del Lago Escondido lo demostraron.
Violación del principio de cosa juzgada: muchos de los hechos imputados ya habían sido desestimados en otras causas judiciales. Es decir, CFK fue juzgada dos veces por lo mismo.
Falta de prueba directa: la sentencia se construyó en base a "percepciones", "relatos" y un uso selectivo de las declaraciones de testigos, muchos de los cuales, incluso, negaron ante el tribunal las acusaciones.
Intervención mediática y disciplinamiento político: durante todo el proceso, se filtraron documentos, declaraciones y pruebas en medios afines a la oposición, lo que puso en riesgo el derecho a una defensa justa.

Y hay mucho, pero mucho, pero mucho más.

Mucho.

Estos elementos no son detalles técnicos, son violaciones graves al debido proceso, uno de los pilares de cualquier sistema constitucional. Cuando un ciudadano —y más aún una ex presidenta— es condenado sin garantías, se rompe el equilibrio entre poderes y se debilita la democracia.

La proscripción no es simbólica, es política.

No se trata solo de un problema legal. La condena a CFK tuvo como efecto inmediato su exclusión del escenario electoral. Aunque la sentencia no está firme, la operación judicial-mediática logró su objetivo: impedir que fuera candidata.

Cristina lo dijo con claridad: "No voy a ser mascota del poder judicial."

Esa decisión fue forzada. Y no por razones jurídicas, sino por una avanzada política que buscó eliminar a una figura central de la historia reciente, que expresa a millones de argentinos y argentinas.

En una democracia, la proscripción de líderes populares por vía judicial es, en sí misma, una forma de ruptura constitucional. No porque desaparezca la Constitución formal, sino porque se vacía de contenido su espíritu: la soberanía popular, el derecho a elegir y a ser elegido.

¿Quién controla hoy a la Corte Suprema? Nadie.

Funciona como un poder autónomo, corporativo, impermeable al control ciudadano y legislativo. Decide sobre tarifas, jubilaciones, recursos de las provincias, medidas económicas, y hasta define si un candidato puede presentarse o no. 

Algunos podrían llegar a pensar que son mensajeros de un poder real que tiene pendiente la fusión de Telefónica y Telecom. Que actualmente está poniendo en riesgo 1200 millones de dólares de un grupo que ostenta un Clarín.
"Si no me aprobás esto mirá lo que te pude pasar". Podría decir alguien dirigiéndose al "Puesto Menor"

Pero esto sería creer que ni siquiera tienen el poder de autonomías que supieron forjar después de 1930. O tal vez es parte del poder que los tiene como ariete de voluntades que los exceden con un fina pátina de República. 

Esta concentración de poder que los tres supremos exhiben no está prevista por el modelo tripartito. Es una deformación del sistema. Y más aún cuando ese poder se ejerce desde un tribunal reducido, con legitimidad cuestionada y con vínculos comprobados con sectores económicos y políticos concentrados.

La discusión sobre la ampliación de la Corte, la necesidad de juicios políticos a jueces corruptos o funcionales a intereses antidemocráticos, y la reforma profunda del Poder Judicial no son discusiones técnicas. Son debates de fondo sobre qué país queremos. Un país con justicia para pocos, o un país con justicia para todos.

¿Qué significa “ruptura constitucional”?

No hace falta un tanque en la Plaza de Mayo para hablar de quiebre institucional. La Constitución se rompe también cuando pierde eficacia como pacto democrático. Cuando deja de ser garantía de derechos, y pasa a ser una herramienta para castigar a los opositores al poder económico real. Cuando el Poder Judicial deja de proteger a los débiles frente a los poderosos, y se transforma en garante de los privilegios.

Ese es el escenario actual.

Y no reconocerlo —por temor, por conveniencia o por complicidad— es abandonar la disputa por el sentido.

Porque si esto no es una ruptura constitucional, entonces ¿qué lo es?

 Cerrar los ojos frente al uso del Poder Judicial para proscribir líderes populares es abrir la puerta a una democracia formal sin contenido real. Y ese es el riesgo que estamos enfrentando. Por eso esta condena no es solo contra CFK. Es contra el derecho del pueblo argentino a decidir su destino.

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