
¿Dónde están Oesterheld, sus hijas y nietos?
Organizaciones sociales y sindicales, constitucionalistas y ciudadanos se presentaron ante la Justicia para reclamar que se impida la puesta en vigencia el DNU
Nacionales29/12/2023 REDACCIÓN LMEEl Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de desregulación económica, dictado por el gobierno de Javier Milei, comenzó a regir este viernes sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares de suspensión de su aplicación, en el marco de una treintena de amparos presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares.
En el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires había, hasta ayer, al menos 25 amparos y otros dos de la CGT y la CTA ante la Justicia del Trabajo.
El DNU fue firmado por el presidente Milei e integrantes del Gabinete, y publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre último, por lo cual hoy se cumplen los ocho días establecidos por ley para que entre en vigencia.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó ayer disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque "al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)", según la resolución.
Por su parte, la CGT apeló ayer la decisión del juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet, que había desestimado ayer mismo el dictado de una medida cautelar "interina" que suspendiera el capítulo IV del Decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia.
El magistrado concedió la apelación, habilitó días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre y ya giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En el escrito de apelación, firmado por Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña como secretarios generales de la central obrera, se advirtió que "se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos", según el texto al que tuvo acceso esta agencia.
Con esta presentación intervendrá por primera vez un Tribunal de Apelaciones en relación al DNU, aunque sólo en lo referido a las normas de índole laboral.
"Debe tenerse en cuenta, asimismo, que el DNU 70/23 pretende introducir modificaciones permanentes y no de coyuntura o de emergencia temporal (en derecho individual del trabajo y derecho colectivo) y esta circunstancia es relevante porque no se trata de implementar remedios temporales para una alegada crisis, lo que constituye otro motivo de invalidez ostensible", argumentaron los sindicalistas al reclamar una medida cautelar de "no innovar" y la suspensión de la puesta en vigencia del Título IV del DNU 70.
Ramonet concedió la apelación ante "la innegable trascendencia de la presente causa" y también a raíz de fallas del sistema judicial LEX registradas que "no permiten que la causa sea despachada con la premura que requiere", por lo cual habilitó "días y horas inhábiles para la tramitación de la misma los días 28 y 29 de diciembre del corriente año, debiendo estarse a lo ya dispuesto en cuanto a la posibilidad de habilitar la feria judicial", si alguna de las partes lo requiere.
Fuentes: https://www.unosantafe.com.ar/politica/entro-vigencia-el-dnu-desregulacion-que-la-justicia-haya-aun-aceptado-suspenderlo-n10110268.html
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