
La Inclusión en la Primera Línea
Asimismo, con el fin de asegurar el cumplimiento efectivo de la resolución, la Unidad de Coordinación Interministerial estará integrada, además, por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Nación de la Jefatura de Gabinete, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Educación de la Nación.
“Existe en nuestra sociedad un patrón sistemático de desigualdad que somete particularmente a las personas travestis, transexuales y transgénero a una cadena de exclusiones y discriminación que muchas veces se inicia en la niñez”, sostuvo la ministra Elizabeth Gómez Alcorta.

En ese contexto, Gómez Alcorta señaló que esta población fue históricamente criminalizada por códigos contravencionales y de faltas, y en muchos casos siguen siendo víctimas de violencia institucional, por lo que la responsabilidad del Estado es ineludible. “A ésto hay que sumar la expulsión histórica en los ámbitos educativos y la dificultad en la obtención de trabajos formales y estables”.
El Decreto estipula que, para asegurar el cumplimiento del Cupo Laboral Travesti Trans, se hará una reserva de puestos de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación, que podrán ser alcanzados por travestis y trans, sin ser requisito que hayan realizado o no la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI.

Por otra parte, para garantizar la igualdad real de oportunidades, la normativa establece mecanismos para garantizar que las personas aspirantes a los puestos de trabajo puedan completar sus estudios, en los casos que los tengan incompletos, de modo de cumplir con la normativa vigente en el empleo público en materia de formación educativa obligatoria.
Por último, el Decreto también establece la capacitación en forma conjunta con el Instituto Nacional de la Administración Pública, a las autoridades y el personal del Poder Ejecutivo Nacional, para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo del sector público se realice en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas.
Fuente: www.argentina.gob.ar





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