Fin al Derecho a Precarizar

El Consejo de Santa Fe aprobó una ordenanza que regula a las empresas de delivery, reparto y mensajería urbana. Deberán tener un domicilio legal en la ciudad y un local comercial, aparte deberán brindar indumentaria y elementos de trabajo a sus repartidores, además de tributar en la ciudad.

Provincia de Santa Fe15/10/2020 Redacción LME

El proyecto fue presentado por la Consejala Valeria López Delzar (CREO-FPCyS), quien comento en la sesión del consejo que también se les pedirá a las empresas “que acrediten la contratación y vigencia de seguros, que no trasladen estos riesgos a los repartidores: seguros de vida, de responsabilidad civil, de accidentes personales y de riesgo de trabajo”.

Esta nueva normativa modifica la Ordenanza N° 11.154 que se sancionó en 2004 y que regulaba el servicio de cadetería en su formato tradicional. Las empresas deberán proveer de indumentaria  y accesorios necesarios para el servicio. También modifica la ordenanza tributaria para que estas empresas contribuyan en la ciudad. Por otra parte, también se fomenta el desarrollo de plataformas locales que brinden este servicio. 

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Desde el equipo de trabajo de la Consejala López Delzar comentaron,  “Esta ordenanza es una de las primeras iniciativas de su clase en Argentina y responde a los déficits políticos y legislativos nacionales que aún no han ni reconocido ni regulado estas nuevas relaciones laborales que surgen de la digitalización acelerada de la economía en el siglo XXI”.

Fuente: Pausa

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Dormían en colchones dentro de carpas precarias, carecían de acceso a agua potable y debían usar tachos para hacer sus necesidades. Además, muchas no sabían leer ni escribir, y solo algunas tenían documentación personal. Las jornadas laborales eran de 10 horas diarias, los siete días de la semana, por un pago de 300 mil pesos quincenales, del cual se les descontaba el costo de la comida.

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