FESTRAM impulsa una reforma constitucional con eje en los derechos sociales, laborales y la autonomía municipal

FESTRAM presentó una propuesta integral de reforma de la Constitución Provincial, con una mirada centrada en el fortalecimiento de los derechos humanos, laborales y sociales, y en la ampliación de la autonomía municipal. El documento fue entregado en el marco del debate de la Convención Constituyente convocada por la Ley Nº 14.384.

Sindicales y Trabajadorxs01/08/2025 Redacción LME

La Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de Santa Fe (FESTRAM) presentó una propuesta integral de reforma de la Constitución Provincial, con una mirada centrada en el fortalecimiento de los derechos humanos, laborales y sociales, y en la ampliación de la autonomía municipal. El documento fue entregado en el marco del debate de la Convención Constituyente convocada por la Ley Nº 14.384.

Entre los puntos más destacados, FESTRAM propone una modificación del artículo 2 para incorporar de manera explícita al texto constitucional los tratados internacionales de derechos humanos y los convenios de la OIT, otorgándoles plena operatividad. Según argumentan, esto refuerza el compromiso ético del Estado provincial con la dignidad humana y evita que estos derechos puedan ser ignorados por falta de legislación específica.

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En materia de salud, la reforma del artículo 19 plantea un enfoque integral que considera la salud como un derecho colectivo, vinculándola a condiciones de vida digna como la alimentación, el ambiente, el trabajo o la vivienda. También promueve la producción pública de medicamentos, la salud mental como política preventiva y reconoce derechos sexuales y reproductivos. Además, se asegura constitucionalmente la cobertura de salud para trabajadores provinciales y municipales mediante un sistema paritario y solidario.

Uno de los capítulos centrales de la propuesta es la reforma del artículo 20, que redefine el trabajo como un derecho humano fundamental. Se establece la protección del trabajo en todas sus formas, el reconocimiento de la libertad sindical sin restricciones, la negociación colectiva y el derecho a huelga. Asimismo, se consagra la estabilidad en el empleo público y la igualdad de derechos para todas las formas de organización sindical, incluidas las simplemente inscriptas.

El documento también avanza sobre el artículo 21 con una propuesta de blindaje constitucional del sistema previsional público y de reparto. Se lo declara intransferible al Estado nacional o al sector privado, garantizando su sostenibilidad, gestión paritaria y la inclusión explícita de los trabajadores municipales. FESTRAM sostiene que este modelo debe ser preservado como política de Estado frente a intentos de privatización.

Por otra parte, las modificaciones a los artículos 106 y 107 reivindican la autonomía política, administrativa, económica y financiera de los municipios. La federación reclama una definición más clara del concepto de municipio, la posibilidad de dictar cartas orgánicas sin restricciones poblacionales, y la creación de un sistema equitativo de coparticipación con participación real de los gobiernos locales. También proponen establecer mecanismos de democracia participativa y normas mínimas de empleo público municipal, garantizando transparencia, estabilidad y derechos laborales.

Finalmente, FESTRAM advierte que el proceso constituyente se inició sin la participación amplia ni el debate ciudadano que un hecho de esta envergadura requiere. Critican la falta de visibilidad de la elección de convencionales y la ausencia de espacios deliberativos, y proponen entender esta reforma como un primer paso hacia una transformación profunda del marco institucional, que amplíe derechos y democratice verdaderamente la vida política en Santa Fe.

Desde la Federación sostienen que es tiempo de una Constitución a la altura de los desafíos del siglo XXI, que proteja a los sectores más vulnerables, reconozca la dignidad de los trabajadores y garantice a los municipios las herramientas necesarias para gobernar con autonomía real.

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