Santa Fe: Medidas de apoyo al Sector Comercial

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología llevó a cabo este miércoles un encuentro en el que se constituyó la Mesa de Diálogo y Promoción del Comercio y Consumo, ámbito de discusión y articulación en materia de programas, proyectos y acciones orientadas al fortalecimiento de la actividad comercial y a la defensa de los derechos de usuarios y consumidores.

Provinciales20/05/2021 Redacción LME
Casa-gobierno
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La actividad, que fue presencial en el salón Walsh de la sede de Gobierno en Rosario y virtual a partir de una videoconferencia, contó con la presencia del ministro de Producción, Ciencia y Tecnología, Daniel Costamagna; el secretario de Comercio Interior y Servicios, Juan Marcos Aviano; la directora Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, María Betania Albrecht; y representantes de entidades ligadas a la actividad comercial de toda la provincia.

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En la reunión se enumeraron las medidas que establece la Resolución N° 210/2020 del Ministerio de Infraestructura para sector comerciales y productivos afectados por la pandemia, beneficios que serán efectivos desde el 1 mayo y hasta el 31 de julio; y también se hizo hincapié en la Asistencia Económica de Emergencia para los rubros que han vuelto a ser inhabilitados para desarrollar actividad, aportes no reintegrables que recibirán por el período de inactividad, y los cuales deben inscribirse en al web de la provincia antes del 21 de mayo.

 Para los gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, pilates, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, transportes escolares, salones privados de eventos, escuelas de conducción, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, complejos turísticos (Ej: Cabañas de alquiler), gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la provincia de Santa Fe (las cuales se establecerán a partir de un listado que confeccionará la Secretaria de Turismo y Transporte); pagarán a valor histórico, sin intereses de actualización o mora, las liquidaciones de servicios con vencimiento a partir del 17 de mayo 2021 y hasta el 31 de julio 2021, sean éstos de facturación mensual o bimestral (Pequeñas Demandas o Grandes Demandas).

 Con respecto a la facturación para grandes demandas, usuarios con actividad: hotelera, gastronómicos, salones de eventos y clubes, se le facturará sólo la potencia registrada en los “períodos de consumo” de los meses de mayo, junio y julio del año 2021. Para las cadenas de franquicias gastronómicas (multisuministros) el beneficio tendrá un tope máximo en pesos de $100.000, agrupando todos los suministros. Quedando exceptuados de estos beneficios, los casinos y salas de Juego.

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Para los suministros de consorcios de galerías comerciales y locales que la componen, sector no amparado por medidas de contención adoptadas previamente, se los incluirá en los beneficios otorgados a los usuarios alcanzados por el Decreto 283-2020 del gobierno provincial: pago a valor histórico de las facturas con vencimiento a partir de abril 2020 hasta junio 2020 y además, para los grandes usuarios, se dispondrá sólo la facturación de la potencia registrada en los meses de abril a junio del año 2020.

 Finalmente, la EPE dispondrá en su oficina virtual, un link para acceder a los beneficios de pago a valor histórico: el usuario deberá ingresar a www.epe.santafe.gov.ar/oficinavirtual, ir al apartado reclamos comerciales y tildar en tipo de reclamo, “pago a valor histórico”.

 En tanto, en el caso de Aguas Santafesinas se dispondrán, para los períodos/bimestres 3 y 4/2021, de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación, para los inmuebles habilitados para las siguientes actividades: gimnasios, asociaciones vecinales, escuela de danzas o artes marciales, jardines maternales, peloteros, fútbol 5, paddle, talleres y salas culturales; clubes, hoteles, hoteles alojamiento, centros de convenciones (sin salas de juego en sus instalaciones), bares, restaurantes y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la Provincia de Santa Fe (a partir de un listado que confeccionarán las Secretarías de Turismo y Transporte). Asimismo, para aquellos usuarios de estos rubros que no cuenten con consumo medido, se bonificará hasta un 70% del monto a pagar por los mismos períodos bimestrales indicados. Para ello, la empresa dispondrá en su oficina virtual de formularios para que los usuarios alcanzados por estas medidas puedan tramitarlas exclusivamente en línea a través de este link: http://www.aguassantafesinas.com.ar/gestiones

Fuente:

https://www.santafe.gob.ar/noticias/noticia/271027/

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