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El partido PAIS había interpuesto un recurso de inconstitucionalidad en contra de las resoluciones del Tribunal Electoral que impulsaron la posibilidad de votar a los menores de 16 y 17 años.
Provincia de Santa Fe03/11/2023 REDACCIÓN LMELa Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe declaró este viernes abstracto el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el partido PAIS en contra de las resoluciones del Tribunal Electoral santafesino que impulsaron el denominado “voto joven” para que los menores de 16 y 17 años puedan sufragar en las elecciones provinciales.

La impugnación al proyecto del voto joven llegó a la Corte provincial el 14 de julio de este año (las elecciones primarias de la provincia fueron el domingo 16 de julio) y en su resolución el Máximo Tribunal de la provincia sostiene: “Se advierte que, en el caso, el acto eleccionario para el cual los peticionarios solicitaron el mantenimiento del padrón publicado el 17.4.2023 ya se encuentra materializado y concluido, habiéndose además dado a conocer los resultados finales a través del escrutinio definitivo de los votos. Ese escrutinio definitivo no ha merecido objeciones que tengan vinculación con el padrón que se cuestionara".
En ese sentido, el máximo tribunal provincial acotó que esa falta de objeciones "disipa la exigencia de expedirse acerca de los planteos de los impugnantes en torno a la competencia y atribución constitucional del Tribunal Electoral y, asimismo, respecto de la colisión normativa que se invoca entre el bloque jurídico señalado en la decisión cuestionada con la Constitución provincial (art. 29). Ello así pues lo pretendido carece de objeto actual sobre el que expedirse, ya que las circunstancias sobrevinientes lo han tornado inoficioso (cfr. A. y S. T. 101, pág. 237, etc.; Fallos:253:346; 267:499; 272:130; 274:79; 285:353; 286:220; 293:42; 296:60). Por las razones expuestas, el recurso debe declararse abstracto, y por tanto sin que esto implique emitir opinión sobre las cuestiones constitucionales y colisiones normativas invocadas por los recurrentes”.
Hasta junio de 2023, los jóvenes de entre 16 y 17 años podían votar para cargos nacionales, pero no en los comicios donde se eligen gobernador, intendente, concejales y presidentes comunales. Esto es porque Santa Fe nunca adhirió a la ley nacional sancionado en por el Congreso en 2012 y puesta en práctica por primera vez en las legislativas de 2013.
Fue por ello que a principios de mayo, tras un dictamen favorable del procurador de la Corte, Jorge Barraguirre, el Tribunal Electoral emitió una resolución por unanimidad para habilitar el voto de los adolescentes también para cargos provinciales.
Fuentes: https://www.unosantafe.com.ar/politica/la-corte-suprema-santafesina-le-puso-fin-la-polemica-el-voto-joven-n10099347.html

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