
Comodoro Py vuelve a la carga:
A una semana del balotaje que dio como ganador a Javier Milei, y con él a Mauricio Macri, quien se ocupó durante todo el año de halagar al ultraderechista y ahora desembarcó en su gabinete colonizando carteras claves, la Cámara Federal porteña volvió a la carga y ordenó revocar el sobreseimiento de Cristina Fernández de Kirchner en la causa por supuesto lavado de activos en la que fue condenado el empresario Lázaro Báez, conocida como la "Ruta del dinero K", una de las causas emblema en la persecución a la vicepresidenta.

Este martes, en una votación dividida, la sala II del Tribunal de Apelaciones hizo lugar a un planteo de la ONG macrista Bases Republicanas -que pidió reabrir la investigación y en agosto fue aceptada como querellante en la causa-, y revocó el sobreseimiento de la exmandataria, que había firmado el juez Sebastián Casanello, a pedido del fiscal del caso Guillermo Marijuán y con el aval de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Unidad de Información Financiera (UIF), por entender que no existen pruebas en su contra.
Con esta decisión, la causa en la que se investigaron maniobras de lavado de dinero cometidas por Lazaro Báez a través de su grupo empresario, vuelve a Casanello, a quien la Cámara recomendó analizar las pruebas que expuso el fiscal Diego Luciani en el juicio Vialidad, estudiar el caso de Hotesur-Los Sauces e incorporar las declaraciones de exfuncionarios arrepentidos en el expediente Cuadernos.
La reapertura de la investigación contó con el voto positivo de los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, que hicieron lugar al reclamo de la asociación civil Bases Republicanas. Los magistrados no aceptaron declarar la nulidad del dictamen del fiscal Marijuan el 24 de mayo pasado, como pretendía la ONG, pero sí dispusieron que el juez de trámite al planteo del nuevo querellante como acusador.
Eduardo Farah, en cambio, votó en minoría para rechazar el planteo de la ONG. “No habiendo acusación fiscal y no siendo la ONG ‘Bases’ una parte habilitada legal y constitucionalmente para querellar penalmente en la causa (conf. lo dicho por mí en la resolución previa registrada en CFP 3017/13/330/CA90, del 17 de agosto pasado), debe estarse al sobreseimiento dictado en primera instancia”, dijo.
Fuentes: https://www.pagina12.com.ar/689944-comodoro-py-vuelve-a-la-carga-la-camara-federal-revoco-el-so


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