Cinco años por una vida: la cuenta que hace la Justicia Federal

El Tribunal Oral Federal de General Roca confirmó hoy las penas para los cinco prefectos que mataron a Rafael Nahuel. El número oficial es cinco años para el autor material, cuatro años y medio para los cómplices.
Nacionales04/02/2026La Mecha EncendidaLa Mecha Encendida


Los Albatros seguirán caminando libres mientras la Corte Suprema decida, sin fecha cierta, si la condena se mantiene. La lentitud de la justicia se superpone aquí con una clemencia que los tribunales no suelen dispensar a quienes no visten uniforme.

El caso lleva la marca del exceso en el propio fallo. Los jueces aceptaron el atenuante de legítima defensa excedida para un enfrentamiento donde solo un lado disparó. Los prefectos vaciaron casi 150 proyectiles. No hay pruebas de que Nahuel o sus compañeros hayan efectuado un solo tiro. La versión del enfrentamiento armado, avalada por el tribunal, resiste sobre el vacío forense mientras la Sala III de Casación sugería reducir aún más las penas.

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La comunidad mapuche de Villa Mascardi conoce el peso de estos números. Rafael Nahuel tenía 22 años cuando cayeron los Albatros sobre el territorio recuperado. La operación fue parte de una política de Estado que equipara la protesta territorial con delito grave. Los uniformados actuaron bajo esa lógica, con la certeza de que la fuerza pública cuenta con impunidad diferencial. La condena, aunque simbólica, no altera esa estructura: las penas mínimas y la libertad provisional hasta el fallo definitivo mantienen intacto el privilegio.

Los organismos de la memoria siguen de cerca estos procesos. Saben que la Justicia Federal en zonas de conflicto territorial suele reproducir, en sus sentencias, la mirada de las fuerzas de seguridad. El argumento del exceso defensivo es, en este contexto, una forma de absolución parcial: reconoce la muerte pero niega la intención, establece una pena que no interrumpe la vida de los condenados. Los cinco años de Cavia y los cuatro y medio de sus compañeros se cumplirán, si es que llegan a cumplirse, en un régimen que no les exigirá renunciar a su condición de agentes estatales.

La historia de la violencia institucional en la Patagonia registra este fallo como continuidad. Desde los fusilamientos de la Conquista del Desierto hasta los operativos actuales, el Estado argentino ha resuelto sus conflictos territoriales con balas y luego con atenuantes judiciales. La condena a los Albatros no rompe ese ciclo: lo confirma mediante una pena que equivale, en la práctica, a una reprimenda administrativa con retraso. Rafael Nahuel sigue muerto. Los prefectos siguen libres. La Justicia, una vez más, demora lo suficiente como para que la indignación se agote antes de que la cárcel cierre.

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