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title: "REFORMA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL BCRA"
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description: "El Gobierno envió al Congreso el proyecto para reformar la Carta Orgánica del Banco Central y prohibir la emisión para el Tesoro"
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tags:
  - "BCRA"
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  - "Reforma"
author_name: "La Mecha Encendida"
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# REFORMA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL BCRA

### La iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei busca revertir los cambios implementados en 2012 durante el kirchnerismo. El texto fija como misión única preservar el valor de la moneda, elimina los adelantos transitorios y blinda la autonomía de las autoridades del organismo

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Un día después de su mensaje por cadena nacional, el Poder Ejecutivo elevó formalmente al Congreso de la Nación el proyecto de ley que reforma la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA)                                                                                     . La propuesta oficial apunta a una reconfiguración estructural de la autoridad monetaria, estableciendo como objetivo primordial el control de la inflación, garantizando una mayor independencia institucional y cerrando de manera definitiva todos los mecanismos de financiamiento directo o indirecto al Tesoro Nacional                                                                                     .

De esta manera, el proyecto busca actuar como una contrarreforma de las modificaciones aprobadas en 2012 durante el mandato de Cristina Fernández de Kirchner, las cuales habían introducido un mandato múltiple para la entidad y ampliado la discrecionalidad para el otorgamiento de adelantos transitorios al Gobierno.

El corazón de la iniciativa se despliega a lo largo de seis ejes estratégicos. El primero de ellos redefine el mandato institucional del BCRA, reemplazando el objetivo múltiple de estabilidad financiera, empleo y desarrollo con equidad por una misión "primaria y fundamental": preservar el valor de la moneda. Según argumenta el Ejecutivo en los fundamentos, exigir múltiples objetivos a la política monetaria diluye las responsabilidades del organismo y desconoce las limitaciones de sus herramientas técnicas.

En el plano macroeconómico, el punto más relevante es la prohibición categórica de asistir financieramente al sector público. La iniciativa deroga el artículo regulador de los adelantos transitorios —un canal que permitía el giro recurrente de fondos al Estado— e impone la prohibición estricta de otorgar préstamos a la Nación, las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios. Asimismo, se veda la compra de títulos públicos en el mercado primario y el adelanto de partidas para el pago de deuda externa.

Para garantizar la independencia del organismo, la reforma exige mayorías especiales de dos tercios en ambas cámaras del Congreso para la remoción de sus autoridades por causas graves y justificadas, eliminando la posibilidad de remociones unilaterales por decreto o el uso de comisiones bicamerales ad hoc. A su vez, se desafectará la presencia de representantes del Ministerio de Economía en las reuniones de Directorio del Central.

Respecto del balance de la entidad, el proyecto fija nuevas condiciones para la transferencia de utilidades, estableciendo que solo podrán girarse ganancias realizadas y líquidas que no provengan de la devaluación de la moneda nacional frente al dólar o el oro. Por último, se dispone un régimen transitorio para usar los resultados del organismo en el saneamiento de su balance y la cancelación de pasivos históricos, incorporando además la inembargabilidad de las reservas internacionales en la propia Carta Orgánica.

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